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jueves, 7 de mayo de 2020
BIBLIOTECA VIRTUAL. Argentina, Pcia de La Rioja, Dirección General de Educación Primaria
domingo, 5 de agosto de 2018
Ley 26.917 Sistema Nacional de Bibliotecas Escolares y Unidades de Información Educativas. Sancionada: Noviembre 27 de 2013 Promulgada: Enero 9 de 2014
ARTICULO 1° — La presente ley tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Bibliotecas Escolares y Unidades de Información Educativas en el marco de lo prescripto en la Ley de Educación Nacional 26.206.
ARTICULO 2° — El Consejo Federal de Educación establecerá la integración del Sistema, debiendo estar conformado por las redes de Bibliotecas Escolares, Archivos Escolares, Centros de Documentación y de Información Educativa, Bibliotecas Pedagógicas y Museos de Escuela, unidades dedicadas a la gestión de la información y el conocimiento y a la preservación del patrimonio escolar, dentro del sistema educativo en sus diferentes niveles y modalidades, de gestión estatal y privada, de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 3° — El Ministerio de Educación de la Nación, a través de la Dirección Biblioteca Nacional de Maestros, será la autoridad de aplicación de la presente teniendo a su cargo la coordinación y articulación del Sistema, en conformidad con convenios jurisdiccionales vigentes. Las funciones de coordinación y articulación del Sistema estarán a cargo de la Dirección Biblioteca Nacional de Maestros y serán las de formación y actualización, asistencia técnica, monitoreo y evaluación, y desarrollo de tecnologías para la estandarización y normalización del Sistema. El Poder Ejecutivo nacional asignará a la Dirección Biblioteca Nacional de Maestros las partidas presupuestarias necesarias para un adecuado cumplimiento de la presente ley.
ARTICULO 4° — La finalidad del Sistema es generar acciones para la integración de las unidades de información en redes gestionadas adecuadamente en un marco de trabajo cooperativo, para garantizar a los actores de la comunidad educativa la igualdad de oportunidades y posibilidades de acceso a la información y a la producción de conocimiento, en consenso con las políticas educativas jurisdiccionales.
ARTICULO 5° — Son objetivos del Sistema:
a. Establecer y asegurar la ejecución de políticas y planes estratégicos en relación a la gestión de la información y el conocimiento en el sistema educativo, enmarcados dentro de las políticas públicas y planes federales de desarrollo económico, cultural, técnico y científico para contribuir a su fortalecimiento.
b. Promover junto a las jurisdicciones acciones tendientes a integrar a las diversas unidades de información en redes y subredes a nivel local, regional y nacional, para ampliar sus recursos mediante el intercambio de producciones y servicios cooperativos.
c. Favorecer la integración, sistematización, conservación, resguardo legal, defensa y difusión del patrimonio educativo.
d. Impulsar, fomentar y optimizar el desarrollo permanente de los servicios bibliotecarios, archivísticos, museográficos e informativos, atendiendo a la diversidad cultural y lingüística de las distintas comunidades que conforman el sistema educativo.
e. Promover líneas de acción institucionales orientadas a favorecer la lectura crítica y reflexiva en las unidades de información de cada comunidad educativa, como modo de comprensión de su realidad pasada y presente a nivel individual, social y cultural, en coordinación con los planes de lectura nacionales y jurisdiccionales.
f. Generar acciones tendientes a ampliar y profundizar las competencias para la búsqueda, uso, conocimiento, evaluación y producción de la información en distintos formatos y soportes, así como la capacidad de comprensión lectora integral.
g. Promover la gradual profesionalización y capacitación continua de los actores educativos involucrados en la gestión de las unidades de información mencionadas.
h. Fomentar y promover políticas sostenibles para la formación de los acervos analógicos y digitales con colecciones pertinentes a cada unidad de información.
i. Favorecer la normalización de los procesamientos técnicos de los materiales de acuerdo a normas y estándares nacionales e internacionales, que permitan la integración en redes federales, regionales e internacionales de las unidades de información mencionadas en la presente ley.
j. Preservar y organizar la documentación educativa cualitativa, cuantitativa y de carácter legal, nacional y extranjera, para cumplir con las exigencias de un servicio especializado de asesoramiento documental a los organismos que tienen a cargo la conducción y la investigación de la educación en los distintos niveles.
ARTICULO 6° — La creación o fomento de las unidades de información mencionadas en la presente ley, deberá prever las siguientes condiciones para su mejor funcionamiento:
a. Poseer un acervo documental pertinente a su especificidad institucional.
b. Organizar los fondos según las características de los servicios y usuarios de cada unidad de información. c. Disponer de mecanismos de difusión de productos, servicios y actividades en función de las necesidades y regulaciones propias de cada una de las redes y de las unidades de información educativa que las conforman.
d. Disponer de un espacio propio, adecuado, con mobiliario, equipamiento tecnológico y conectividad pertinentes, según las particularidades de cada unidad de información y las necesidades de cada jurisdicción. e. Contar con personal profesional, técnico y auxiliar acorde a los objetivos a cumplir por cada unidad de información.
ARTICULO 7° — Las bibliotecas escolares deberán contar con las siguientes condiciones para un funcionamiento adecuado, conforme a la modalidad, el nivel, la matrícula y la cantidad de secciones del establecimiento escolar al que sirven:
a. Poseer materiales bibliográficos y especiales seleccionados en función de su especificidad y dimensión institucional.
b. Contar con bibliotecarios escolares y personal profesional y técnico.
c. Poseer un espacio adecuado para el trabajo individual y grupal, que permita la organización y sectorización de sus diversas funciones y servicios y la realización de actividades en torno a la lectura, formación de usuarios, investigación y extensión a la comunidad.
d. Contar con equipamiento tecnológico y conectividad adecuada, que sirva de herramienta tanto para el procesamiento técnico del fondo documental a través de un software pertinente, como para la búsqueda, selección, evaluación y producción de conocimiento por parte de los usuarios de la comunidad educativa. e. Estar abierta a la comunidad educativa en cada turno o jornada del establecimiento cubriendo el horario escolar.
ARTICULO 8° — Los archivos escolares deberán contar con las siguientes condiciones para un funcionamiento adecuado, conforme a la modalidad, el nivel, la matrícula y la cantidad de secciones del establecimiento escolar al que sirven:
a. Contar con un fondo documental que permita recuperar la diversidad y complejidad de la memoria educativa de su establecimiento escolar.
b. Contar con archivistas especializados y personal técnico y auxiliar, acorde a los objetivos a cumplir por los archivos escolares.
c. Poseer un espacio adecuado que permita el desarrollo de las diversas funciones, actividades y servicios del archivo.
d. Contar con equipamiento tecnológico y conectividad adecuada, que sirva de herramienta tanto para el procesamiento técnico del fondo documental a través de un software pertinente, como para la búsqueda, descripción, selección, evaluación y producción de conocimiento por parte de los usuarios de la comunidad educativa.
e. Generar un servicio de difusión en función de las necesidades de los usuarios y de la comunidad del sistema educativo.
ARTICULO 9° — Los museos de escuelas deberán contar con las siguientes condiciones para un funcionamiento adecuado:
a. Contar con material histórico ‐ pedagógico seleccionado en función de la especificidad institucional.
b. Contar con personal profesional especializado, técnico y auxiliar acorde a los objetivos a cumplir por los museos de escuela.
c. Disponer de espacios adecuados y accesibles a la consulta, enseñanza, investigación y exposición de sus fondos.
d. Contar con equipamiento tecnológico y conectividad adecuada, que sirva de herramienta tanto para el procesamiento técnico del fondo documental a través de un software pertinente, como para la búsqueda, descripción, selección, evaluación y producción de conocimiento por parte de los usuarios de la comunidad educativa.
e. Estar abierto a la comunidad en horarios adecuados a la institución escolar.
f. Generar un servicio de difusión en función de las necesidades de los usuarios y de la comunidad del sistema educativo.
ARTICULO 10. — Los centros de documentación y de información educativa deberán contar con las siguientes condiciones para su adecuado funcionamiento:
a. Contar con fondos que contengan la documentación e información cualitativa y cuantitativa producida por los ministerios de educación jurisdiccionales.
b. Contar con documentalistas y personal técnico y auxiliar acorde a los objetivos a cumplir por los centros de documentación y de información educativa.
c. Disponer de un espacio adecuado con la infraestructura adecuada a las necesidades de su funcionamiento
d. Contar con equipamiento tecnológico y conectividad adecuada, que sirva de herramienta tanto para el procesamiento técnico del fondo documental a través de un software pertinente, como para la búsqueda, descripción, selección, evaluación y producción de conocimiento por parte de los usuarios de la comunidad educativa.
e. Generar un servicio de difusión en función de las necesidades de los usuarios y de la comunidad del sistema educativo.
ARTICULO 11. — Las Bibliotecas Pedagógicas deberán contar con las siguientes condiciones para su adecuado funcionamiento:
a. Poseer material especializado para atender las necesidades de formación y actualización docente de cada comunidad educativa.
b. Contar con bibliotecarios especializados y personal técnico y auxiliar acorde a los objetivos a cumplir por las bibliotecas pedagógicas.
c. Contar con un espacio adecuado que permita el desarrollo de las diversas funciones, actividades y servicios.
d. Contar con equipamiento tecnológico y conectividad adecuada que facilite los procesos de investigación y producción de conocimiento.
ARTICULO 12. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.917
— AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
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sábado, 8 de abril de 2017
MANES: Base de datos y biblioteca virtual de manuales escolares europeos y latinoamericanos
El proyecto “MANES: Base de datos y biblioteca virtual de manuales escolares europeos y latinoamericanos” pretende capacitar personal y elaborar los instrumentos necesarios para el relevamiento documental y la catalogación de manuales escolares de nivel primario y secundario de los siglos XIX y XX de España, Portugal, Bélgica, Argentina, México y Colombia.
Los Integrantes de la Red PATRE-MANES acuerdan colaborar en la ejecución del proyecto “MANES: Base de datos y biblioteca virtual de manuales escolares europeos y latinoamericanos”, Programa ALFA, Subprograma A, Contrato nº AML/B7-311/97/0666/II-0441-A, y se comprometen a realizar las acciones necesarias para asegurar un desarrollo satisfactorio del mismo.
Ello sin perjuicio de lo establecido en las Condiciones Generales aplicables a los Contratos de Subvención financiados por la Comunidad Europea celebrados en el marco de los Programas Descentralizados de Ayuda Exterior.
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domingo, 4 de septiembre de 2016
Biblioteca. Directrices de privacidad para los estudiantes en escuelas. Library Privacy Guidelines for Students in K-12 Schools. 2016
Biblioteca Directrices de privacidad para los estudiantes en escuelas K-12
Introducción
Las bibliotecas se enfrentan a una serie de desafíos en la protección de la privacidad de los usuarios, especialmente a los estudiantes en escuelas primarias, intermedias y secundarias. Las bibliotecas escolares ofrecen impresión, medios de comunicación, y el contenido en línea para cumplir con la educación de los estudiantes y las necesidades de investigación, así como para fomentar su curiosidad intelectual y el desarrollo. uso de recursos de la biblioteca de los estudiantes también se incorpora en las actividades de clase, los resultados del aprendizaje y la evaluación.
Las bibliotecas escolares normalmente se integran en las infraestructuras administrativas y tecnológicas de su distrito. Dependiendo de la administración del distrito y acuerdos de tecnología cooperativa o de proveedores externos, bibliotecas escolares tienen mayor o menor grado de autonomía. La falta de autonomía puede hacer que sea difícil para los bibliotecarios para implementar políticas y procedimientos para proteger la privacidad del estudiante en lo que se refiere a la utilización de los sistemas bibliotecarios, aplicaciones y colecciones. Además, las leyes estatales y federales con respecto a los registros de bibliotecas, archivos educativos (por ejemplo, los Derechos Educativos y Privacidad (FERPA), y las actividades en línea de los menores (por ejemplo, el Niño de privacidad en línea Ley de Protección (COPPA) tiene tanto positivos como negativos impactos sobre los derechos de privacidad de los estudiantes. por ejemplo, FERPA define los derechos explícitos a la privacidad de los estudiantes y menores de edad, pero al mismo tiempo otorga a las escuelas y los padres el acceso a, y la supervisión de, expedientes de los estudiantes que debilita sus derechos de privacidad.
ALA emite estas pautas para dotar a las bibliotecas con información sobre la gestión de datos apropiada y prácticas de seguridad en lo que respecta a los estudiantes de las colecciones y recursos de la biblioteca con el fin de reforzar la protección de la privacidad de los estudiantes.
¿Por qué es importante la privacidad?
La protección de la privacidad del usuario y la confidencialidad ha sido durante mucho tiempo una parte integral de la misión de la libertad intelectual de las bibliotecas. El derecho a la consulta libre como garantizada por la Primera Enmienda depende de la capacidad de leer y acceder a la información libre del escrutinio por el gobierno u otros terceros. En su prestación de servicios a los usuarios de las bibliotecas, los bibliotecarios tienen la obligación ética, expresada en el Código de Ética de ALA, para preservar el derecho de los usuarios a la privacidad. Los bibliotecarios y las bibliotecas también pueden tener una obligación legal o reglamentaria para proteger la información y los datos de identificación personal de los usuarios de la biblioteca de la divulgación y el uso no autorizado.
deben ser equilibrados de los estudiantes y de los menores derechos de la Primera Enmienda a la libre investigación y la privacidad frente tanto a las necesidades educativas de la escuela y los derechos de los padres. A medida que los estudiantes y menores de edad madura, que es cada vez más importante que se les proporcione la oportunidad de ejercer su curiosidad y desarrollar su intelecto libre de los efectos de enfriamiento de la vigilancia de los educadores, compañeros, padres o intereses comerciales. A medida que los estudiantes empiezan a participar más plenamente en el mundo en línea, deben desarrollar una apreciación de su propia privacidad y el respeto que corresponde a la privacidad de los demás.
Claras políticas de privacidad
Es importante que las bibliotecas para desarrollar políticas de privacidad para uso de los estudiantes de los recursos de la biblioteca que sean adoptadas por tanto la biblioteca como órgano normativo de la escuela. Los estudiantes deben ser notificados acerca de las políticas de privacidad de la biblioteca al pedir prestado materiales o acceder a recursos por primera vez y en su caso cuando hay un cambio en los servicios, políticas, o el acceso. políticas de privacidad de la biblioteca deben ser de fácil acceso y comprensible para los estudiantes de una manera apropiada para su edad. Salvaguardando la privacidad del usuario que requiere personal mantener todo dentro de la biblioteca de referencia de uso y preguntas confidenciales y aseguran que no existe un seguimiento por parte del personal o compañeros de lo que los estudiantes están leyendo, viendo, o la investigación mientras que en la biblioteca.
Auditoría
Los bibliotecarios escolares deben llevar a cabo auditorías de privacidad para determinar las actuales amenazas a la privacidad de los estudiantes y qué protecciones ya están en su lugar. La auditoría debe cubrir el sistema de gestión de bibliotecas; el uso del ordenador y de la red en la biblioteca; libros electrónicos y otros contenidos en línea; herramientas Web interactivas; medios de comunicación social; y otras tecnologías tales como escáneres / fotocopiadoras y cámaras de vigilancia. Los resultados de la auditoría se pueden utilizar para ayudar a crear o revisar las políticas de privacidad.
Recolección y conservación de los datos del usuario
Las bibliotecas deben limitar la cantidad de información personal recopilada sobre los estudiantes. Las bibliotecas deben reunir la cantidad mínima de información personal necesaria para proporcionar un servicio o satisfacer una necesidad operacional específica. Las bibliotecas no deben crear servicios o recursos que utilizan información de identificación personal sensible que, si filtrada o accedida por una parte no autorizada, podría resultar perjudicial para la privacidad del usuario.
La información de identificación no debe conservarse a perpetuidad. La biblioteca debe establecer políticas de retención de registros que especifican los plazos de conservación diferentes tipos de datos y métodos que especifican para la destrucción segura de datos que ya no se necesita. Las políticas de retención deben cubrir también las copias de archivos y copias de seguridad.
cifrado
El uso de la encriptación de datos ayuda a mejorar la protección de la privacidad. Todas las transacciones en línea entre las aplicaciones cliente (clientes de escritorio personal, los navegadores web, aplicaciones móviles, etc.) y aplicaciones de servidor deben cifrarse. Las aplicaciones de cliente que no admiten el cifrado (por ejemplo, los clientes de escritorio personal) deben emplear las tecnologías de red privada virtual (VPN). Además, cualquier información y datos de identificación personal de los estudiantes alojados por la biblioteca de la escuela o fuera de las instalaciones (infraestructura basada en la nube, las copias de seguridad en cinta, etc.) deben utilizar el almacenamiento encriptado.
Compartir datos
políticas de privacidad de la biblioteca deben definir cuando los registros de bibliotecas escolares se pueden compartir (y en qué condiciones) con sus padres o representantes y personal de la escuela y los maestros, y terceros, tales como proveedores de servicios en línea.
Las leyes federales como FERPA y COPPA así como las leyes estatales con respecto a la confidencialidad de los registros de la biblioteca y del estudiante puede afectar si y cómo los datos se comparten. Debido al amplio margen de maniobra FERPA da a las escuelas en el uso de datos de los estudiantes para los propósitos educativos internos, los bibliotecarios deben distinguir claramente entre los registros de la biblioteca, los registros educativos, y los registros administrativos con el fin de proporcionar derechos de privacidad explícitas de conformidad con las obligaciones éticas profesionales.
Los acuerdos entre las bibliotecas escolares y proveedores de servicios en línea deben hacer frente a restricciones apropiadas en el uso, la agregación, la retención y la difusión de información de identificación personal de los estudiantes. Los acuerdos entre las bibliotecas y los proveedores de servicios también deben especificar que las bibliotecas conservan la propiedad de todos los datos y que los proveedores de servicios están de acuerdo en observar las políticas de la biblioteca de privacidad, la política de retención de datos, y las políticas de seguridad. En el caso de una violación de datos, los usuarios cuyos datos fue comprometida debe ser informada sin demora (en el caso de menores de edad, los padres o tutores deben ser informados).
Muchos proveedores de servicios han firmado la privacidad de los estudiantes promesa que indica el compromiso de trabajar de forma continua para satisfacer y superar todos los requisitos federales para proteger la información de los estudiantes. Los bibliotecarios deben hacer que la participación en la privacidad de los estudiantes Prenda un criterio para tomar decisiones de compra.
Además, muchos estados están aprobando leyes que restringen la recopilación y uso de los datos de los estudiantes por los proveedores de servicios (por ejemplo, la Ley de Protección de Datos Personales en línea para estudiantes de California - SOPIPA). Los bibliotecarios sólo debe contratar con proveedores de servicios que cumplan con las leyes estatales aplicables.
Sistemas de Tecnología de la Educación
Las escuelas primarias y secundarias están adoptando sistemas de gestión y otras tecnologías que permiten a los educadores para vigilar los hábitos de lectura de aprendizaje de los estudiantes (por ejemplo, qué el acceso de los alumnos / leer el libro electrónico asignado o texto en línea?) Como resultado de ello, los distritos escolares son la cooptación de los bibliotecarios en los regímenes de vigilancia mediante la adopción de este tipo de tecnologías. Los bibliotecarios necesitan para abogar por la protección de uso de la biblioteca del estudiante en la era de las tecnologías de registro de datos y vigilancia ubicuos, incluidos los sistemas de gestión de aprendizaje.
Alfabetización digital y Defensa
Los bibliotecarios escolares tienen la responsabilidad de enseñar a los estudiantes sobre sus derechos de privacidad, las prácticas que pueden utilizar para protegerse a sí mismos, el comportamiento ético en línea, y el respeto a la privacidad de los demás. Además de educar a los estudiantes, bibliotecarios escolares deben convertirse en defensores de la protección de la privacidad del estudiante y la libertad intelectual en el entorno escolar más grande. A menudo, los bibliotecarios escolares se centran sólo en la privacidad del usuario dentro de la biblioteca en detrimento de los más grandes problemas de privacidad en el contexto de la escuela y el distrito. Debido a su formación profesional y compromiso ético, los bibliotecarios están bien equipadas para ser defensores de la privacidad fuera de la biblioteca de la escuela.
Recursos adicionales
Privacidad del Centro de Asistencia Técnica
Departamento de Educación de EE.UU.
Kit de herramientas de privacidad
Comité de Libertad Intelectual de la Asociación Americana de Bibliotecas
Espiar a estudiantes de la escuela: Dispositivos-emitido y privacidad de los estudiantes
Electronic Frontier Foundation
Principios de datos de los estudiantes
Campaña de Calidad de Datos y el Consorcio para la Escuela Redes
Estudiante de privacidad Declaración de Derechos
Electronic Privacy Information Center
Estudiante Compromiso de Privacidad
Futuro de la Privacidad Foro (FPF) y The Software & Information Industry Association (SIIA)
Los estudiantes y de Menores Recursos Privacidad
Elija Privacidad Semana, Asociación Americana de Bibliotecas
Aprobada el 2 de abril de, 2016 el Comité de Libertad Intelectual de la Asociación Americana de Bibliotecas
TRADUCIDO CON: translate.google.com.ar/
ORIGINAL EN INGLÉS
Library Privacy Guidelines for Students in K-12 Schools
Introduction
Libraries face a number of challenges in protecting the privacy of users, especially students in elementary, middle, and high schools. School libraries offer print, media, and online content to meet students’ educational and research needs as well as to nurture their intellectual curiosity and development. Students’ use of library resources is also incorporated into classroom activities, learning outcomes, and assessment.
School libraries typically are integrated into their district's administrative and technology infrastructures. Depending on district administration and outside cooperative technology or vendor agreements, school libraries have greater or lesser degrees of autonomy. A lack of autonomy may make it difficult for librarians to implement policies and procedures to protect student privacy in regard to the use of library systems, applications, and collections. In addition, state and federal laws regarding library records, educational records (e.g., the Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA), and the online activities of minors (e.g., the Child Online Privacy Protection Act (COPPA) have both positive and negative impacts on the privacy rights of students. For example, FERPA defines explicit rights to privacy for students and minors but at the same time grants schools and parents access to, and oversight over, student records that weakens these privacy rights.
ALA issues these guidelines to provide school libraries with information about appropriate data management and security practices in respect to student use of library collections and resources in order to strengthen student privacy protections.
Why Privacy Is Important
Protecting user privacy and confidentiality has long been an integral part of the intellectual freedom mission of libraries. The right to free inquiry as assured by the First Amendment depends upon the ability to read and access information free from scrutiny by the government or other third parties. In their provision of services to library users, librarians have an ethical obligation, expressed in the ALA Code of Ethics, to preserve users' right to privacy. Librarians and libraries may also have a statutory or regulatory obligation to protect library users' personally identifiable information and data from unauthorized disclosure and use.
Students' and minors' First Amendment rights to free inquiry and privacy must be balanced against both the educational needs of the school and the rights of the parents. As students and minors mature, it is increasingly important that they are provided with opportunities to exercise their curiosity and develop their intellect free from the chilling effects of surveillance by educators, peers, parents, or commercial interests. As students begin to participate more fully in the online world, they must develop an appreciation for their own privacy and a corresponding respect for the privacy of others.
Clear Privacy Policies
It is important for libraries to develop privacy policies for student use of library resources that are adopted by both the library and the school’s policy-making body. Students should be notified about library privacy policies when borrowing materials or accessing resources for the first time and as appropriate when there is a change in services, policies, or access. Library privacy policies should be made easily available and understandable to students in an age-appropriate manner. Safeguarding user privacy requires that staff keep all in-library use and reference questions confidential and assure that there is no monitoring by staff or peers of what students are reading, viewing, or researching while in the library.
Audit
School librarians should conduct privacy audits to determine the current threats to student privacy and what protections are already in place. The audit should cover the library management system; computer and network use in the library; eBooks and other online content; interactive Web tools; social media; and other technologies such as scanners/photocopiers and surveillance cameras. The results of the audit can be used to help create or revise privacy policies.
Collection and Retention of User Data
Libraries should limit the amount of personal information collected about students. Libraries should collect the minimum amount of personal information required to provide a service or meet a specific operational need. Libraries should not build services or resources using sensitive personally identifiable information that, if leaked or accessed by an unauthorized party, could prove detrimental to the user's privacy.
Personally identifiable information should not be retained in perpetuity. The library should establish record retention policies specifying how long to retain different types of data and specifying methods for securely destroying data that is no longer needed. Retention policies should also cover archival copies and backups.
Encryption
The use of data encryption helps enhance privacy protection. All online transactions between client applications (staff desktop clients, web browsers, mobile apps, etc.) and server applications should be encrypted. Client applications that do not support encryption (such as staff desktop clients) should employ virtual private network (VPN) technologies. In addition, any personally identifiable information and student data housed by the library or school off-site (cloud-based infrastructure, tape backups, etc.) should use encrypted storage.
Data Sharing
Library privacy policies should define when school library records can be shared (and under what conditions) with parents or guardians, school staff and teachers, and third-parties such as online service providers.
Federal laws such as FERPA and COPPA as well as state laws concerning the confidentiality of library and student records may impact if and how data is shared. Because of the broad leeway FERPA gives schools in using student data for internal educational purposes, librarians need to clearly distinguish among library records, educational records, and administrative records in order to provide explicit privacy rights in accordance with professional ethical obligations.
Agreements between school libraries and online service providers should address appropriate restrictions on the use, aggregation, retention, and dissemination of students' personally identifiable information. Agreements between libraries and service providers should also specify that libraries retain ownership of all data and that the service providers agree to observe the library's privacy policies, data retention policy, and security policies. In the event of a data breach, users whose data was compromised should be informed promptly (in the case of minors, the parents or guardians should be informed).
Many service providers have signed the Student Privacy Pledge which indicates a commitment to work in an ongoing fashion to meet and exceed all federal requirements to protect student data. Librarians should make participation in the Student Privacy Pledge a criterion when making purchasing decisions.
In addition, many states are passing legislation that restricts the collection and use of students' data by service providers (e.g. California’s Student Online Personal Information Protection Act – SOPIPA). Librarians should only contract with service providers that comply with applicable state laws.
Educational Technology Systems
Primary and secondary schools are adopting learning management systems and other technologies that enable educators to monitor student reading habits (e.g. did the student access/read the assigned eBook or online text?) As a result, school districts are co-opting librarians into surveillance regimes by adopting these types of technologies. Librarians need to advocate for protecting student library use in an age of ubiquitous data logging and surveillance technologies, including learning management systems.
Digital Literacy & Advocacy
School librarians have a responsibility to teach students about their privacy rights, practices they can use to protect themselves, ethical behavior online, and respect for the privacy of others. In addition to educating students, school librarians should become advocates for protecting student privacy and intellectual freedom in the larger school environment. Often school librarians are focused only on user privacy within the library to the detriment of larger privacy issues in their school and district context. Because of their professional training and ethical commitment, librarians are well-equipped to be privacy advocates outside of the school library.
Additional Resources
Privacy Technical Assistance Center
U.S. Department of Education
U.S. Department of Education
Privacy Toolkit
Intellectual Freedom Committee of the American Library Association
Intellectual Freedom Committee of the American Library Association
Spying on Students: School-Issued Devices and Student Privacy
Electronic Frontier Foundation
Electronic Frontier Foundation
Student Data Principles
Data Quality Campaign and the Consortium for School Networking
Data Quality Campaign and the Consortium for School Networking
Student Privacy Bill of Rights
Electronic Privacy Information Center
Electronic Privacy Information Center
Student Privacy Pledge
Future of Privacy Forum (FPF) and The Software & Information Industry Association (SIIA)
Future of Privacy Forum (FPF) and The Software & Information Industry Association (SIIA)
Students' and Minors' Privacy Resources
Choose Privacy Week, American Library Association
Choose Privacy Week, American Library Association
Approved April 2, 2016 by the Intellectual Freedom Committee of the American Library Association
FUENTE: ala.org
jueves, 17 de abril de 2014
Bibliotecas escolares. Documentos, organización, etc. España, Ministerio de Educación
Diez claves para empezar | |
Documentos de interés | |
Organización y formación | |
Cooperación con las CCAA | |
Buenas prácticas | |
Premios y ayudas | |
Recursos en red |
FUENTE: ntic.educacion.es/w3//recursos2/bibliotecas/
viernes, 25 de octubre de 2013
BIBLIOTECAS ESCOLARES. V Encuentro Virtual de Bibliotecarios Escolares Bibliotecas escolares e inclusión digital. TIC: sentidos y prácticas educativas desde las bibliotecas. 7 de noviembre de 2013
Bibliotecas escolares e inclusión digital. TIC: sentidos y prácticas educativas desde las bibliotecas.
La amplia inserción y difusión social de las TIC han modificado los modos de producción y circulación del saber en distintos ámbitos. La práctica educativa, y las bibliotecas escolares en particular, pueden encontrar en el uso de las tecnologías de información y comunicación un entorno propicio para expandir su horizonte en la gestión de la información, la promoción de la lectura, la investigación y el trabajo colaborativo.
Prácticas, exploración y experiencias en la apropiación y resignificación de estos recursos y herramientas digitales, tensionan desde la biblioteca los límites y usos posibles en la búsqueda de encuentros y sentidos compartidos en la escuela.
La Biblioteca Nacional de Maestros invita a participar del V Encuentro Virtual de Bibliotecarios Escolares. “Bibliotecas escolares e inclusión digital. TIC: sentidos y prácticas educativas desde las bibliotecas” el próximo 7 de noviembre de 13 a 18 horas por medio del sistema de videoconferencia en los auditorios de la Fundación O.S.D.E. de distintas localidades del país.
Ingrese al formulario electrónico para inscribirse en la sede de la Fundación OSDE de su localidad. La asistencia es libre y gratuita, con cupos limitados. Se otogarán certificados de asistencia.
Horario
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Actividad
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13
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Acreditación.
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13 a 14
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Palabras de apertura, a cargo de Lic. Gabriel Brenner, Subsecretario de Equidad y Calidad Educativa del Ministerio de Educación de la Nación.
Tensiones y formación interdisciplinaria del bibliotecario escolar en el Siglo XXI, a cargo de la Lic. Graciela Perrone, Directora de la Biblioteca Nacional de Maestros.
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14 a 15
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Bibliotecario escolar en el Modelo 1 a 1. Especialización superior en Educación y TIC, a cargo de la Prof. Virginia Henry, Lic Romina De Lorenzo; Mgter. Marta González del Valle, Biblioteca Nacional de Maestros.
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15 a 15.15
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Receso.
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15.15 a 16
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Conferencia central: “Lecturas y Prácticas Culturales de los jóvenes: nuevos desafíos para las bibliotecas", Mg. Luis Alberto Quevedo.
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16 a 16.30
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Espacio de preguntas e intercambio .
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16.30 a 17.30
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Presentación de experiencias jurisdiccionales desarrolladas en bibliotecas escolares en torno a la incorporación de TIC en la práctica educativa. Transmisión desde distintos puntos del país.
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17.30 a 18
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Cierre de la jornada, a cargo de autoridades de la BNM.
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martes, 22 de octubre de 2013
BIBLIOTECAS ESCOLARES. Ciudadanía y bibliotecas escolares: apuntes de Daniel Cassany para el siglo XXI. Educ.ar
En el artículo que aquí publicamos, Daniel Cassany reflexiona acerca del nuevo rol de las bibliotecas escolares en el contexto de prácticas de lectura vinculadas con el universo de recursos digitales. Cassany reelabora y actualiza la conferencia con que inauguró el 11º Congreso Nacional de Lectura y 1° Encuentro Internacional de Bibliotecas Escolares, celebrado del 23 al 25 de abril de 2013, en la Feria del Libro de Bogotá, (BILBO).
Por Educ.ar
18/10/2013
En este artículo, basado en aquella conferencia en Bogotá, Daniel Cassany, reconocido escritor, investigador y profesor titular en la Universidad Pompeu Fabra (Barcelona), parte de una idea provocadora y productiva: las bibliotecas escolares serán cada vez menos un «espacio» para pasar a ser una «actividad».
Se pregunta Cassany: «¿Cómo me imagino la biblioteca escolar del siglo XXI, con todo lo que estamos viviendo en avances tecnológicos, globalización, acceso a la información, redes sociales?» Y continúa:
La palabra “biblioteca” tiene origen griego y significa literalmente “caja o armario de libros”, de modo que corrientemente la biblioteca es el “lugar en el que ‘se guardan los libros’ o ‘el lugar en el que se ponen los libros al servicio de los lectores de la comunidad”. La diferencia entre “guardar libros” (valiosos, antiguos, únicos, representativos, etc.) y “ponerlos al servicio del lector” (para educar a la población, incrementar su cultura e inteligencia, hacerles más felices) es sustancial y marca la separación entre dos tipos de bibliotecas, la que enfatiza el ‘documento’ (patrimoniales, históricas, archivos) y la que enfatiza al ‘lector’ (biblioteca popular, de barrio, de escuela).
Sin duda, con la llegada de la red y de todos sus recursos, cada día menos personas van a la biblioteca a buscar libros, puesto que: a) los escritos ya se producen y distribuyen en versión digital; b) se digitalizan algunos de los fondos antiguos más importantes y se cuelgan en la red; c) de facilitan sistemas y procedimientos sencillos para acceder en línea a todos estos documentos, y d) surgen otras fuentes de información (redes sociales, blogs, webs), que satisfacen las necesidades de la ciudadanía. ¿Por qué ir a la biblioteca si lo que necesito lo puedo tener al instante en casa, o en mi móvil o en mi portátil? ¿Qué sentido tiene el préstamo de biblioteca, si se pueden hacer copias gratis e instantáneas de cada documento y se pueden distribuir en línea?»
El portal educ.ar agradece la gentil autorización del autor para reproducir el texto completo. Siguiendo cualquiera de los dos enlaces a continuación, se puede leerlo en línea o descargarlo.
Hacia la ciudadanía letrada del siglo XXI (con las bibliotecas escolares)
Ponencias
En este artículo, Daniel Cassany reflexiona acerca del nuevo rol de las bibliotecas escolares en el contexto de prácticas de lectura vinculadas con el universo de recursos digitales. Cassany reelabora y actualiza la conferencia con que inauguró el 11º Congreso Nacional de Lectura y 1° Encuentro Internacional de Bibliotecas Escolares, celebrado del 23 al 25 de abril de 2013, en la Feria del Libro de Bogotá, (BILBO).
FUENTE: educ.ar
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viernes, 23 de agosto de 2013
III Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Escolares. 9, 10 y 11 de septiembre de 2013, Buenos Aires, Argentina
Presentación
El III Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Escolares, que se realizará el 9, 10 y 11 de septiembre en el Espacio Memoria y Derechos Humanos (Ex ESMA) –Ciudad de Buenos Aires- se propone dar continuidad al trabajo desarrollado por el Ministerio de Educación de la Nación, laSecretaría de Cultura de la Nación y el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe (CERLALC / UNESCO), en busca de contribuir a la institucionalización de las bibliotecas escolares desde una perspectiva local y regional y así seguir aportando a la construcción de política pública en torno a la lectura y la gestión de la información y el conocimiento.
Esta reunión se encuadra en las acciones impulsadas por este Organismo, a través de la Biblioteca Nacional de Maestros, el Plan Nacional de Lectura, la Dirección Nacional de Cooperación Internacional y la Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas.
El encuentro está destinado a bibliotecarios escolares, archivistas, responsables de museos de escuelas, centros de documentación, editores y miembros de la comunidad educativa que deseen participar.
Durante la jornada se buscará proyectar, a partir de los aportes teóricos a cargo de especialistas nacionales e internacionales y el intercambio de experiencias, líneas orientadas a los bibliotecarios en torno al rol pedagógico y la modernización de las bibliotecas para promover nuevos espacios de aprendizaje autónomo y de lectura.
Asimismo, los representantes de los países miembros del CERLALC se reunirán con el objetivo de promover la institucionalización de las bibliotecas escolares, cuyo eje central es la creación de políticas públicas acordes a las necesidades de los usuarios actuales.
El fortalecimiento y la consecuente institucionalización de las bibliotecas escolares resultarán del trabajo conjunto de todos los actores involucrados que buscan crear sociedades lectoras, de ciudadanos con capital cultural que les permita ser miembros activos y participativos de la sociedad que deseen construir.
FUENTE: bnm.me.gov.ar
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sábado, 17 de agosto de 2013
RECURSOS BIBLIOGRÁFICOS Y DE PROMOCIÓN DE LA LECTURA. José Antonio Merlo Vega, Universidad de Salamanca. XXII Simposio de Literatura Infantil y Juvenil Nueva York, 14 y 15 de junio de 2013
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